Osmar Arroyo/El Andaluz
La jefa nacional del Partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol), Ruth Nina, como lo anunció en una entrevista en Televisión Andalucía, hizo público un audio que sería de la sesión de sala plena de los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en el que se trata el tema de las personalidades jurídicas de Pan-Bol y el Frente Para la Victoria (FPV).
Nina indica que el audio es una prueba contundente, que el tema se trató el 27 de febrero del 2024 y por mayoría, los vocales decidieron mantener la personalidad jurídica de la organización política.
«Relacionado con dos organizaciones políticas, Pan-Bol y Frente Para la Victoria (FPV),
«Recién se aplicarán después del 30 de diciembre del 2021, por lo tanto, en ese marco, la ley no es retroactiva y aplicar el principio de progresividad, favorabilidad. No corresponde el quitar la personería jurídica a estás dos organizaciones políticas, por lo tanto, mi votación es que, no corresponde aplicar alguna sanción, toda vez que se vulneraria el debido proceso», dice parte del audio, en la intervención de uno de los vocales en la sesión de sala plena del 27 de febrero del 2024.
De la misma manera, el resto de los vocales argumentaron su posición y apoyaron que no se quite la personalidad jurídica a ninguno de los dos partidos políticos.
Se escucha en el audio, que una de las vocales señaló, «Hemos consentido los actos, tanto del FPV como de Pan Bol» y que el quitarles la personalidad jurídica, sería un problema, porque se tendrían responsabilidades por no haber comunicado a tiempo.
Los vocales por mayoría decidieron mantener la personalidad jurídica de las dos organizaciones políticas y el presidente del TSE en sesión, según lo que se escucha en el audio, explicó el tema legal.
«La Ley 1315, la verdad que es la Ley clara, tiene dos partes. Las organizaciones deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones hasta el 31 de diciembre del 2021, primera parte y una segunda parte, que, de alguna manera, es un indulto a los partidos políticos que no lleguen al 3 por ciento, es un indulto. Una vez que se adecuen los estatutos se aplicarán las sanciones establecidas por el artículo 58 de la presente Ley», señalan.
Se argumenta que no se pueden aplicar las sanciones a las dos organizaciones políticas, porque no se podían aplicar de manera retroactiva.
«Decidido, estos dos partidos mantienen su personalidad jurídica», finaliza el audio de la sesión de Sala Plena.