El 1 de junio, la sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó la resolución 010 por la que suspendió a la vocal nacional, Dina Chuquimia y a otros siete vocales departamentales, denunciados por fungir un segundo mandato inconstitucional. Sin embargo, el mismo día, emitieron otra resolución, la 011, por la que desconocieron la anterior y promovieron una acción de inconstitucionalidad concreta, para que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) defina la situación.
“Suspender los efectos de la medida provisional de suspensión de funciones de los vocales denunciados dispuesta por auto TSE-RSP 010/2023 de 1 de junio de 2023, en atención a las consideraciones y fundamentos expuestos en el presente auto, hasta tanto el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronuncie sobre la acción de inconstitucionalidad concreta promovida, conforme al Código Proceso Constitucional”, señala la resolución 012/2023.
La misma resolución determina “instruir a Secretaría de Cámara del TSE la notificación a las partes con el presente auto y la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de 24 horas, del presente auto y las fotocopias legalizadas de los antecedentes del caso, sea de conformidad al parágrafo III del artículo 80 del Código Procesal Constitucional.