Willam Octavio Flores/EL ANDALUZEl Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) decidió admitir la consulta de Control de Constitucionalidad que se hizo desde el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre la Ley Transitoria de las Elecciones Judiciales 2024.La resolución indica “La Comisión de Admisión, en virtud a lo establecido por el artículo 114 del Código Procesal Constitucional resuelve: Admitir la consulta sobre la constitucionalidad del artículo 2 de la Disposición Adicional Sexta del proyecto de ley 144/2022-2023, denominado proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024”.Por este motivo, el TCP dispuso paralizar el tratamiento de la Ley, hasta que se resuelva el recurso que presentó el TSJ, poniendo como plazo máximo 30 días.Por su parte el presidente del comité cívico de Tarija, Jesús Gira, pidió a los diputados no acatar esta resolución del TCP ya que estaría violando la constitución política del estado. Además, indico que estos actos son un posible intento de suspensión del proceso electoral mediante acciones legales.Gira señala que esta situación, lejos de ser parte de un plan funcional, parece más un «show». Enfatiza que la Comisión Mixta, elegida para abordar la ley de elecciones judiciales, representa la voluntad de todos los bolivianos y bolivianas. La queja presentada ante la Corte Suprema de Justicia de Sucre, según Gira, no debería suspender el proceso electoral que está en espera de una ley para su renovación.«Una consulta o queja presentada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de Sucre no puede dejar en suspenso el tratamiento de la Comisión Mixta. Esto no tiene lugar», subraya Gira.En el transcurso de la mañana, Gira insta a habilitar lo que espera la población boliviana: una ley para la renovación de las altas autoridades judiciales. Advierte que el Tribunal Constitucional no puede sobreponerse a los mandatos constitucionales establecidos por la Asamblea Plurinacional de Bolivia.Gira argumenta que la Constitución Política del Estado, específicamente el artículo 410, establece claramente que es la ley suprema del ordenamiento jurídico nacional en asuntos políticos del Estado. Nadie, según Gira, puede estar por encima de la Constitución.«El que se atreve, tiene que enfrentar procesos penales por incumplimiento de deberes o violación de la Constitución», advierte Gira, haciendo hincapié en la gravedad de cualquier intento de suspender el proceso electoral que, según él, está respaldado por la voluntad popular y el marco legal establecido. La situación actual podría desencadenar consecuencias legales significativas para aquellos que intenten obstruir el proceso democrático. Navegación de entradasPrecios de productos se mantienen en el mercado campesino a pesar de bloqueos CONMEBOL aprobó al estadio IV para la Copa Sudamericana