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TSE: Candidatos que no participen del debate serán sancionados con la restricción de propaganda electoral

Por Rosy Sánchez/El Andaluz

El pasado jueves la Cámara de Diputados aprobó la ley que establece la obligatoriedad del debate electoral público para los candidatos a cargos públicos elegibles con la finalidad de garantizar la socialización las propuestas de los programas de gobierno y contribuir a un voto informado.

En ese marco el Vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, indicó que la norma establece como sanción la suspensión de la propaganda electoral pagada por el estado y tampoco emitir propaganda por ningún medio de comunicación para aquellos candidatos que no asistan al debate.

Asimismo, la norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan con la obligación de participar incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecuniaria impuesta por un juez electoral”.

Respecto al calendario electoral, Gustavo Ávila señaló que el 18 de abril se apertura la inscripción de alanzas electorales, apara ello se aprobó un reglamento donde se establece el procedimiento y los requisitos que deben cumplir todas las organizaciones políticas interesadas en participar como alianzas.

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