Willam Octavio Flores/EL ANDALUZ
El Ministerio de Trabajo ha emitido una resolución que reglamenta los detalles del incremento salarial decretado para la presente gestión, estableciendo plazos, mecanismos y posibles sanciones en caso de incumplimiento por parte de los empleadores del sector privado. Así lo dio a conocer Richard Pillco, director del Ministerio de Trabajo regional Tarija, en una entrevista exclusiva.
El pasado 1 de mayo, el Gobierno oficializó el incremento salarial a través de los Decretos 5154 y 5155, que establecen un aumento del 5,85% al salario mínimo nacional, quedando fijado en 2.500 bolivianos. Asimismo, se decretó un incremento del 3% al salario básico para los trabajadores y trabajadoras del sector privado.
Con la Resolución Ministerial 521 emitida el 9 de mayo por la ministra de Trabajo, Verónica Navia, se han establecido los lineamientos y detalles para la implementación de estas medidas en el ámbito laboral privado.
“La Resolución Ministerial 521 nos establece y nos diagrama la forma, el mecanismo, a quiénes corresponde, para quiénes no es obligatorio, la fecha límite para el pago y la posible sanción en caso de incumplimiento”, explicó Pillco.
Incremento salarial retroactivo al 1 de enero
Según detalló el director regional del Ministerio de Trabajo, el incremento salarial del 3% para los trabajadores y trabajadoras del sector privado es de carácter retroactivo al 1 de enero de la presente gestión.
“El incremento salarial en el sector privado es aplicable a todo trabajador o trabajadora con una relación obrero-patronal, retroactiva al mes de enero”, enfatizó Pillco.
Plazo para el pago del incremento: 31 de mayo
Las empresas y empleadores del sector privado tienen como plazo límite el 31 de mayo para realizar el pago del incremento salarial correspondiente a sus trabajadores y trabajadoras, de acuerdo a la jornada laboral que cumplan.
“El plazo para ser efectiva esta cancelación es hasta el 31 de mayo de la presente gestión, dentro de la jornada laboral que tenga ese trabajador o esa trabajadora”, indicó el director regional.
Descargo del pago hasta el 30 de junio
Pillco informó que los empleadores deberán presentar el descargo del pago del incremento salarial ante el Ministerio de Trabajo hasta el 30 de junio, a través de la Oficina Virtual de Trámites, una plataforma digital habilitada para tal fin.
“El plazo para presentar el descargo de que sí se ha realizado el incremento salarial, el pago de este incremento salarial, es hasta el 30 de junio de la presente gestión, a través de la Oficina Virtual de Trámites, nuestra plataforma virtual que tiene el Ministerio de Trabajo”, detalló.
Excepciones al incremento del 3%
El director regional aclaró que el incremento salarial del 3% no es obligatorio para aquellos cargos de dirección, subdirección, jefaturas o puestos anuales con salarios superiores al de un trabajador regular.
“A quienes no es obligatorio, en todo caso, la cancelación del incremento salarial del 3%, son aquellos cargos que tienen de dirección, subdirección, jefes o algún cargo anual con un salario quizás superior al que tenga que percibir algún trabajador. Para ellos no es obligatorio a partir del 31 de mayo”, explicó Pillco.
Denuncias por incumplimiento
En caso de que los empleadores incumplan con el pago del incremento salarial dentro de los plazos establecidos, los trabajadores y trabajadoras afectados podrán presentar sus denuncias ante las jefaturas regionales y departamentales del Ministerio de Trabajo.
“A partir del 31 de mayo, en todo caso, todo trabajador o trabajadora está facultada para poder presentar su denuncia ante las jefaturas regionales y ante las jefaturas departamentales del Ministerio de Trabajo por incumplimiento a los decretos que establecen el incremento salarial de la presente gestión”, advirtió Pillco.
El director regional instó a los empleadores del sector privado a cumplir con la normativa vigente y realizar oportunamente el pago del incremento salarial, a fin de evitar sanciones y procesos administrativos que podrían derivar en multas económicas.
Asimismo, hizo un llamado a los trabajadores y trabajadoras a estar atentos al cumplimiento de esta disposición por parte de sus empleadores y a denunciar cualquier irregularidad ante las instancias competentes del Ministerio de Trabajo.
Con esta reglamentación, el Gobierno busca garantizar que los incrementos salariales decretados se traduzcan en mejores condiciones económicas para los trabajadores del sector privado y sus familias, contribuyendo así al bienestar y el desarrollo económico del país.






