REDACCIÓN CENTRAL/TINTA ROJA
En una calle de la ciudad de Tarija, del barrio 24 de junio, un albañil de 39 años de edad que se encontraba caminando por estas inmediaciones con dirección a su domicilio fue interceptado por dos sujetos, quienes ese momento golpearon, apuñalaron y le robaron el dinero que cobró de su quincena.
De acuerdo con lo informado por fuentes policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), se conoció que alrededor de las diez de la mañana, en la calle Avaroa y, 24 de julio del barrio 24 de junio de la ciudad de Tarija se suscitó un robo a un albañil de 39 años de edad, el mismo presenta heridas graves.
“Se conoció que tres sujetos desconocidos de sexo masculino los mismos de forma violenta le sustrajeron su dinero y no conforme con eso le provocaron heridas punzo cortante en su abdomen, dejándolo gravemente lesionado, posterior se dieron a la fuga, y el denunciante se apersona a la FELCC y formaliza la denuncia”, dijo el informante.
En ese momento los vecinos del lugar al verlo lesionad, y desangrándose llamaron a la Policía, quienes se dirigieron al lugar y auxiliaron a la víctima, quien fue llevado a una clínica particular, donde fue atendido y sometido a emergencias para luego ser intervenido quirúrgicamente debido a la agresión sufrida.
El tipo básico del delito de lesiones
El delito de lesiones se encuentra regulado en el Título III del Libro II del Código Penal, en los artículos 147 a 156 ter. Según esta ley, se produce el delito de lesiones cuando se causa en otro una lesión que menoscabe su integridad corporal, su salud física o su salud mental.
Además, para que se perfeccione este delito es necesario que se precise de asistencia facultativa seguida de tratamiento médico o quirúrgico.
Las lesiones pueden ser dolosas o imprudentes. No obstante, no son punibles las lesiones por imprudencia leve y las lesiones imprudentes graves o menos graves que no requieren asistencia médica o quirúrgica para su sanación; es decir, que no es suficiente con que tan solo se dé una primera asistencia facultativa a la persona perjudicada. Se clasifican en básicas, leves, graves y muy graves. Con la reforma del Código Penal de 2015 y la eliminación de las faltas, desapareció la falta de lesiones para convertirse en el delito menos grave de lesiones, aumentando la pena a imponer.