Una vez aprobado el reglamento y la convocatoria para elegir a la nueva Defensora o Defensor del Pueblo, las postulaciones serán recibidas por la Asamblea Legislativa a partir del jueves 17 de marzo. Se fijaron 18 requisitos para los aspirantes.
La convocatoria será publicada este miércoles en tres medios de circulación nacional y páginas web de la Vicepresidencia y entidades legislativas, de acuerdo con el reglamento aprobado.
La recepción de postulaciones inicia al día siguiente de la publicación, es decir, el jueves y tiene un plazo de 15 días calendario.
“El día jueves estaríamos ya iniciando con el plazo de recepción de las postulaciones por un período de 15 días calendario, y ahí se va a cerrar la etapa de presentación de las postulaciones, posteriormente (se pasará) a la revisión de los documentos a la habilitación”, dijo el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, Rubén Gutiérrez.
Los aspirantes deben presentar sus documentos foliados en sobre cerrado rotulado señalando nombre completo, teléfono, dirección del domicilio y correo electrónico, adjuntando carta de postulación y la documentación consignada en las fuentes de verificación y el respaldo del curriculum vitae. El formato preestablecido será publicado con la convocatoria en un anexo.
Los requisitos
La lista de los 18 requisitos y sus fuentes de verificación con las siguientes:
Requisitos, Causales de Inelegibilidad e Incompatibilidad | Fuente de verificación |
Contar con nacionalidad boliviana. | Certificado de nacimiento |
Haber cumplido 30 años al momento de la designación. | Certificado de nacimiento |
Haber cumplido con los deberes militares. (solo varones) | Libreta de Servicio Militar original, fotocopia legalizada o certificación emitida por el Ministerio de Defensa, en los casos que corresponda. |
No tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento. | Declaración voluntaria notarial.(La Comisión Mixta solicitará Informe sobre Solvencia Fiscal a la Contraloría General del Estado para corroborar la declaración). |
No tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento, por delitos en materia penal, sobre todo referido a la violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños o adolescentes, trata y tráfico de personas o cualquier delito comprendido en la Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas. | Certificado original de antecedentes penales del REJAP presentado por la o el postulante, actualizado con fecha posterior a la publicación de la convocatoria. |
No tener sentencia condenatoria ejecutoriada en materia de violencia pendiente de cumplimiento. | Certificado CENVI, presentado por la o el postulante, actualizado con fecha posterior a la publicación de la convocatoria. |
Prestar juramento de no incurrir en los casos de prohibición o incompatibilidad establecidos en los parágrafos I y II del Artículo 236 y Articulo 239 de la Constitución Política del Estado. | Declaración voluntaria notarial, respecto a los Arts. 236 y 239 de la Constitución Política del Estado. |
Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral. | Certificación del Órgano Electoral Plurinacional actualizado. |
Hablar al menos 2 idiomas oficiales del país. | Certificado de estudios emitido por una entidad debidamente acreditada. |
No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con representantes ante organismos supraestatales ni las autoridades jerárquicas de los Órganos del Estado. | Declaración voluntaria notarial. |
Contar con probada integridad personal y ética. | Declaración voluntaria notarial. |
Tener reconocida trayectoria en la defensa de los derechos humanos. | Hoja de vida debidamente firmada, impreso y en formato PDF.Adjuntar documentación de respaldo o certificaciones. |
No tener en su contra procesos administrativos disciplinarios o penales por violencia contra la mujer, violencia contra niñas, niños o adolescentes, trata y tráfico de personas, violación ni delitos vinculados con corrupción o delitos contra la unidad del Estado, ni procesos penales de acción pública con imputación formal, que comprometan la ética e integridad personal y la probidad de la o del postulante. | Declaración voluntaria notarial.La Comisión Mixta podrá pedir informe al Consejo de la Magistratura, Ministerio Público y Contraloría General del Estado. |
No tener en su contra procesos administrativos disciplinarios o penales por discriminación. | Declaración voluntaria notarial. |
No haber participado o estar involucrado en actos de gobiernos militares o de facto. | Declaración voluntaria notarial. |
No haber sido dirigente de organizaciones políticas, candidata o candidato a cargos electivos en los últimos ocho (8) años. | Certificación original emitida por el Órgano Electoral. |
No tener militancia en alguna organización política al menos ocho (8) años antes del momento de la postulación. | Certificación del Tribunal Supremo Electoral presentada por la o el postulante. |
No ser, ni haber sido servidor público designado en el cargo de Ministra o Ministro, Viceministra o Viceministro, Embajadora o Embajador, Secretaria o Secretario de Gobiernos Autónomos Departamentales o de Gobiernos Autónomos Municipales, en los últimos ocho (8) años. | Declaración voluntaria notarial. |
La recepción de las postulaciones se realizará en libro notariado, hasta las 18:00 horas en día hábil, y hasta las 12:00 horas en día sábado y domingo, según el reglamento.
Una vez culminado el proceso de recepción, la Comisión Mixta de Constitucional instalará sesión permanente por tiempo y materia, de manera presencial, para la revisión.
El presidente de dicha comisión, Rubén Gutiérrez, indicó que de acuerdo con los plazos, se prevé tener al nuevo Defensor designado hasta mayo.
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