Agencias
El Jefe de la Unidad de Catastro, Álvaro Tavera, informó que desde este miércoles entra en vigencia la Ley Municipal de Amnistía, para construcciones clandestinas e irregulares, norma que beneficia al administrado y para que toda persona que tenga saneado su derecho propietario y haya ejecutado una construcción de manera clandestina, pueda regularizarla a través de la viabilidad de la norma con un beneficio de un 50% de descuento en las multas.
“Este beneficio es para toda la ciudadanía que tengan viviendas unifamiliares, no va para las edificaciones en altura, puesto que estas que estén de manera irregular, para poder beneficiarse van a tener que pagar el 100% de las multas”, dijo.
Asimismo, explicó que la Jefatura de Catastro está autorizadas para poder entregar toda la información correspondiente al administrado para que pueda beneficiarse con la regulación de construcciones clandestinas.
“La norma tiene una vigencia de 30 días, ya se ha promulgado el Decreto Reglamentario, la misma se ha trabajado en el Concejo Municipal con el ejecutivo para que todos puedan ser parte y beneficiarse con la regulación de las construcciones”, añadió.
La Ley de Amnistía tiene un periodo de validez de un año y el beneficio de la condonación de los aranceles es por seis meses y si en ese tiempo realiza el trámite se beneficiarán con la cancelación del 50% del total de la multa de la construcción clandestina.
“El trámite es de manera individual a no ser que existan copropiedades que serían casos aislados, pero, no se puede hacer de manera grupal”, explicó.
Tavera, hizo conocer que, para iniciar el trámite se tiene que hacer una inspección a través de la elaboración de un plano donde los beneficiaron manifieste y registren a través de la ejecución de un profesional, la superficie a regularizar para luego a través de la Dirección de Catastro se debe realizar la inspección para verificar que la declaración declarada, conjuntamente con los requisitos es fidedigna.
“Una vez que esté valorada la superficie a regularizar se procede a emitir un informe dando el visto bueno para su inicio u en su defecto generando las observaciones que se deben subsanar para poder iniciar el trámite, luego el beneficiaron debe cancelar el 50% y luego el otro 50% al finalizar el trámite”, aclaró.
El monto a ser cobrado va de acuerdo a la superficie y a la calidad de construcción, puesto que existente una Ley Nacional, donde especifica los parámetros y las tipologías de construcción.
“De acuerdo a la cantidad de metros de construcción es que se valora el monto que se tiene que cancelar, sin embargo, lo que se busca con la norma es que sea mucho más eficiente, eficaz y oportuna, reduciendo los plazos a la mínima expresión”, finalizó.