Osmar Arroyo/El Andaluz

En una entrevista en Radio Televisión Andalucía (RTVA) cadena hermana del periódico El Andaluz, el economista Alfredo Colque informó sobre dos sentencias judiciales que establecen responsabilidad económica a la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho (UAJMS) con la empresa CABOPA SRL. por la rescisión de contrato en el proyecto de construcción del Campus Universitario en la ciudad de Yacuiba y en el proyecto de construcción del Centro de Convenciones en la ciudad de Tarija.

Mencionó que esta situación se generó en la gestión del ex rector de la UAJMS, Gonzalo Gandarillas, generando un daño económico a la universidad.

Explicó que ante la rescisión de los contratos, la empresa acudió a instancias judiciales para exigir que se le pague lo que se le adeuda a la universidad en los dos proyectos.

Desde la Universidad se presentó un recurso de casación, pero las autoridades judiciales determinaron que era infundado.

Colque indicó que en muchos de los proyectos cuando se requieren recursos se busca contrapartes con otras instituciones que puedan ayudar a que se ejecute un proyecto.

En el proyecto de la construcción del Campus Universitario en Yacuiba, indicó que como la universidad necesitaba un aporte adicional para el proyecto, acudieron al Gobierno Regional Autónomo del Chaco y de manera verbal habrían conseguido el compromiso de las autoridades de poner una contraparte para el proyecto, es así que se habría licitado el proyecto para iniciar con su ejecución.

Pasó el tiempo y esta contraparte para el proyecto no se hizo efectivo, se tuvo el cambio de autoridades y las nuevas autoridades electas negaron que tuvieran alguna responsabilidad con el proyecto, lo que según Colque posteriormente fue ratificado por la Asamblea Regional del Chaco.

Esta situación generó dificultades a la universidad para cumplir con el financiamiento de todo el proyecto y al final no se pudo cumplir con el pago a la empresa, rescindiendo el contrato en la gestión de Gonzalo Gandarillas.

Mencionó que debido a la rescisión de ese contrato la empresa CABOPA SRIL. presentó acciones legales en contra de la universidad.

Para Alfredo Colque fue el peor error que pudo haber cometido el ex rector Gonzalo Gandarillas, el rescindir el contrato, generando un daño económico a la universidad en la actualidad.

Tras el proceso, se emitió una sentencia que establece que la UAJMS debe cancelar a la empresa demandante 5.742.109,69 bolivianos.

Para Colque esta situación se generó por la incapacidad administrativa en la gestión de Gandarillas.

Parte de la sentencia

Por otra parte, Colque dijo que se tiene una similar situación con el proyecto para la construcción de un Centro de Convenciones en la ciudad de Tarija.

Este proyecto fue adjudicado a la misma empresa, CABOCA SRIL. encargada de ejecutar la obra, pero no se terminó la construcción y se rescindió el contrato.

La empresa nuevamente acude a instancias judiciales en contra de la universidad.

En este caso la sentencia establece que la UAJSM debe cancelar un poco más de un millón de bolivianos a favor de la empresa.

Sentencia Campus Universitario

De manera expresa en la sentencia se resuelve:

Declarando probada en parte la demanda interpuesta por la empresa CABOPA SRL. en contra de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, disponiéndose que la entidad demandada cancele a favor de la empresa demandante el monto parcial de la planilla de liquidación final de Bs. 5.742.109,69 (Cinco millones setecientos cuarenta y dos mil ciento nueve bolivianos)

En ejecución de sentencia se cuantificará el monto adeudado a favor de la empresa CABOPA SRL. por concepto de interés pactados en la cláusula vigésima octava del contrato.

Sentencia Centro de Convenciones

La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia con la atribución conferida por los artículos 184, 1 de la Constitución Política del Estado y 5. I. 1 de la Ley 620 de 29 de diciembre de 2014, CASA PARCIALMENTE la sentencia impugnada y deliberada en el fondo, declara en parte la demanda principal disponiendo que la institución demandada cancela a favor de la Sociedad Comercial CABOPA SRL, por concepto de Cómputos Métricos de Materiales de obra ejecutada Bs 346.499,35, por concepto de obra y Materiales Efectivamente ejecutados el monto de Bs. 880.081,87 y por Gastos Administrativos de Personal, Garantías y otros daños producidos durante la suspensión de la obra, la suma de Bs. 4.491.992,54; dentro del tercero día de ejecutoriada la presente resolución y probada en parte la demanda reconvencional interpuesta por la UAJMS, disponiendo la devolución del saldo del anticipo, sin intereses, que pueda resultar previa cuantificación que se hará en ejecución de sentencia.