Hasta el 31 de mayo empleadores deberán cumplir con el pago del retroactivo del incremento salarial

Por Rosy Sánchez/El Andaluz

El responsable del Ministerio de Trabajo en Tarija, Richard Pilco, informa que, en el marco del decreto emitido por el gobierno nacional sobre el incremento salarial, las empresas privadas e instituciones públicas deberán cumplir con el pago retroactivo hasta el 31 de mayo.

“El Decreto 5154 y 5155 establece que el incremento salarial de bs. 2.500 al mínimo nacional y el 3% al haber básico debe asearse efectivo a todos los trabajadores de forma retroactiva desde el mes de enero del presente año”, dijo Pilco.

La Autoridad dijo que en las empresas privadas este decreto es aplicable a todo trabajador o trabajadora con una relación obrero patronal y otorga el plazo hasta 30 de junio para que los empleadores presenten el descargo a la oficina virtual de trámites del Ministerio de Trabajo.

“Este incremento salarial del 3% no es aplicable a aquellos trabajadores que tienen el cargo de directores, Sub directores, jefes o algún trabajador que tenga un salario superior al que tenga que percibir un trabajador, posterior al 31 de mayo pueden hacer llegar sus denuncias ante el incumplimiento de las empresas”, acotó Richard Pilco.

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